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De “equidad fiscal”… a “concertación tributaria”

De “equidad fiscal”… a “concertación tributaria”

Por: Javiera Corea

Desde el año 2003, el sistema de recaudación fiscal en Nicaragua se manejaba conforme a lo establecido en la Ley de Equidad Fiscal, que de acuerdo a la coyuntura nacional de la época, se implementó con el fin principal de ampliar la base de contribuyentes, para eliminar las desigualdades económicas e impulsar el desarrollo económico del país a través del apoyo a la exportación de productos nacionales.

Siendo que Equidad se define como: “la Igualdad o justicia en el reparto de una cosa entre varios o en el trato de las personas”; difícilmente una sociedad en condiciones normales puede alcanzar un estado equitativo para sus miembros, sobre todo, cuando de recaudar impuestos se habla. En realidad, durante ese período, pintó una situación que difiere mucho de un sistema tributario equitativo, pues desde el punto de vista de un nicaragüense que subsiste con un salario mínimo y que no forma parte de la elite empresarial, el trato igualitario o justo, nunca existió.

Sin embargo, los nicaragüenses tenemos la gran habilidad de adaptación y alto índice de conformismo ante las situaciones que nos agreden, quizá por eso todos los nicaragüenses que directamente son “perseguidos” (o solicitados para que no se sientan bajo acoso) por la entidad encargada del control tributario en Nicaragua, se mostraron sumisos ante cualquier falta de equidad en la aplicación de la Ley de Equidad Fiscal, ahora derogada por la Ley de Concertación Tributaria.

A finales de noviembre e inicios de diciembre del año pasado, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Concertación de Tributaria, una Ley que viene a sustituir las normativas que la Ley de “Equidad” Fiscal ya regulaba. Lo interesante de un cambio en la legislación de materia tributaria, es que trae como consecuencia inmediata un cambio importante en la forma de declarar impuestos para las empresas y los comerciantes individuales, así como los impuestos indirectos que pagamos todos de manera general por la adquisición de bienes o servicios.

Ese cambio, según los legisladores nicaragüenses que aprobaron y defienden la nueva ley tributaria, sustentan sus opiniones basados en argumentos contenidos dentro de los considerandos de la mismísima Ley de Concertación Tributaria, el que más me llama la atención, y que por cierto, avala el nombre de la Ley: “IV. Que se ha alcanzado un consenso entre el Gobierno y las principales organizaciones económicas y sociales para configurar este nuevo sistema tributario.” Siendo que, la mayoría de los sectores económicos del país han mostrado recelo y descontento ante una Ley que no les fue consultada, a menos que el Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP) sea el conglomerado de “principales organizaciones económicas del país” y el resto de miembros del sector económico nacional, sean considerados como secundarios o agentes irrelevantes para una toma de decisión como esta.

Al respecto de estos reajustes y modernizaciones legislativas en pro del desarrollo nacional, sigo manteniendo escepticismo, pues el gobierno ha demostrado tener poco interés en consultarle al pueblo sobre aspectos que determinan el rumbo del quehacer nicaragüense y que sobre todo, les afecta directamente.

 

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